jueves, 26 de marzo de 2015

Caso de tratamiento de datos sin consentimiento

Hoy os comentamos un caso en el que se acusa a Bankia de tratamiento de datos sin consentimiento de una menor, que no tenía ningún producto del banco contratado.

“Con fecha de 14 de agosto de 2013, tuvo entrada en esta Agencia un escrito de Doña A.A.A. (en lo sucesivo la denunciante) en el que declara que en octubre de 2012 recibió una carta enviada por Bankia dirigida a su hija menor de edad, B.B.B., en la que le solicitaban que aportase su DNI. La menor nunca ha sido cliente de la entidad ni tiene DNI ya que tiene 2 años y sus padres manifiestan no haber facilitado nunca sus datos a la entidad. En Diciembre de 2012 interpusieron una reclamación recibiendo respuesta el 9 de enero de 2013 en la que le indican que la comunicación remitida a su domicilio se debe a un error.”



En el siguiente enlace podéis leer más detenidamente la sentencia.

http://www.agpd.es/portalwebAGPD/resoluciones/procedimientos_sancionadores/ps_2014/commo/pdfs/PS-00461-2014_Resolucion-de-fecha-10-10-2014_Art-ii-culo-6.1-LOPD.pdf

El fallo final fue: “IMPONER a la entidad Bankia, S.A., por la infracción del artículo 6.1 de la LOPD, tipificada como infracción grave en el artículo 44.3.b) de dicha norma, una multa de 6.000 € (seis mil euros) de conformidad con lo establecido en el artículo 45.2 y 5 de la citada Ley Orgánica.”

En esta resolución queda acreditado el uso inconsentido de datos de una menor de dos años por parte de Bankia sin que existiera el consentimiento de sus padres. Ello queda contrastado por los hechos descritos en la misma. Al no ser cliente de Bankia, dicha entidad debiera haber recabado el consentimiento de los padres para hacer el tratamiento de datos de la menor, y remitirle una carta a nombre de la niña. Dicho consentimiento es absolutamente necesario para los menores de 14 años, que es la edad a partir de la cual –y con ciertas condiciones- podrá el menor prestar su propio consentimiento sin necesidad de contar con los padres.

Nuestro asesor jurídico os ha dejado su aportación al caso para aclarar posibles dudas, pero si tenéis más dejen su comentario y la resolveremos lo antes posible.

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